Si eres extranjero y tienes estudios superiores en tu país de origen o en algún otro, te debe interesar este artículo que hoy te presentamos.
En nuestro artículo del blog, lo primero que debemos hacer es diferenciar cada uno de estos conceptos y así comprenderemos paso a paso qué es lo más conveniente para cada uno de nosotros.
Empezaremos por explicar que existen dos formas de reconocimiento de títulos extranjeros en España (homologación y Equivalencia).
Por su parte, HOMOLOGAR un título extranjero significa otorgarle una validez oficial en España a unos estudios que hemos hecho en nuestro país y que por lo tanto se nos dará la titulación necesaria para poder ejercer la profesión que hemos estudiado. Sin embargo, si has estudiado en países europeos no necesitarás homologar tu título ya que los convenios europeos avalan tus estudios.
Apuntar también que las titulaciones que se pueden homologar son las que dan acceso a profesiones regladas y las que han sido emitidas por instituciones de educación superior oficial. ¿Y ahora esto que significa?
Pues no es más que aquellas profesiones que exigen una determinada titulación, además de tener que inscribirse en un órgano profesional para ejercerla. Para que sea más comprensible, estamos hablando de Colegios Profesionales de Médicos, Arquitectos, Abogados, etc… Por lo que entonces podrían homologarse profesiones tales como:
- Médico
- Veterinario
- Enfermero
- Fisioterapeuta
- Dentista
- Farmacéutico
- Logopeda
- Óptico-optometrista
- Podólogo
- Terapeuta ocupacional
- Dietista nutricionista
- Ingeniero técnico de minas
- Ingeniero técnico forestal
- Ingeniero técnico naval
- Ingeniero técnico industrial
- Ingeniero técnico de telecomunicación
- Ingeniero técnico en topografía
- Arquitecto técnico
- Maestro en educación infantil
- Maestro en educación primaria
- Ingeniero de minas
- Ingeniero industrial
- Ingeniero Aeronáutico
- Ingeniero naval y oceánico
- Ingeniero de caminos, canales y puertos
- Ingeniero de telecomunicación
- Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas
- Ingeniero técnico aeronáutico
- Ingeniero técnico agrícola
- Ingeniero de montes
- Ingeniero técnico de obras públicas
- Ingeniero agrónomo
Recordar que para determinadas profesiones se podrá exigir exámenes de homologación como es el caso de Odontólogía.
Por su parte, podrán presentar la EQUIVALENCIA profesiones que no estén reguladas, tales como periodismo, contabilidad, administración de empresas, etc.. y que hayan sido emitidas de igual manera por por una institución de educación superior oficial. Las profesiones que pueden ejercerse sin necesidad de un título universitario oficial español.
Por tanto, si tu profesión no se encuentra en ninguna de las anteriores listas, tu profesión no esta regulada y deberás solicitar una equivalencia del título.
Se debe tener en cuenta que esta declaración de equivalencia es a nivel académico y en ningún caso tiene efectos profesionales, al contrario que ocurre con la solicitud de homologación.
Pero, ¿y si quiero CONVALIDAR? Deberás presentar tu título extranjero ante una universidad española y con el análisis de tu documentación académica te comentarán sobre las asignaturas que debes cursar para lograr completar la formación española.
En resumen, deberás analizar que es lo conveniente para ti o de lo contrario consultar a un experto.